Contribuciones patronales
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19 de abril de 2017
Decreto Nº 258 (P.E.N.) (B.O. Nº 33.607 del 2017-04-19)
Establecimientos Educativos de Gestión Privada. Decreto N° 814/2001. Suspensión.
Por medio de esta norma se suspende desde el 1° de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 inclusive, la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificatorios, respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encontraren incorporados a la enseñanza oficial conforme las disposiciones de las Leyes Nros. 13.047 y 24.049. >
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23 de marzo de 2017
,por Medrano, Marcela
¿Cuáles son las bases mínimas y máximas para realizar aportes y contribuciones a la seguridad social por parte de los trabajadores en relación de dependencia?
La base mínima para seguridad social para aportes y contribuciones es $ 2.224,32 y la base máxima sólo para aportes es $ 72.289,62, las contribuciones no tienen tope. >
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18 de octubre de 2016
,por Medrano, Marcela
Hasta el mes de septiembre un empleador con 5 empleados estaba aportando por capítulo I de la Ley N° 26.940, durante octubre 2016 incorpora un nuevo empleado. La actividad es construcción, ¿Puede pasar al capítulo II? ¿Qué opción le conviene?
Puede incorporar al nuevo trabajador con el código 307 por los primeros 12 meses y para los 12 meses restantes lo cambia por el código 310. >
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Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras
29 de septiembre de 2016
,por Grenabuena, Silvia R.
1.
INTRODUCCIÓN
Como comentamos en el número anterior, debido a la extensión del tema, en este artículo comentaremos los siguientes aspectos del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras:
-* Cancelación de la deuda. formas
-* Pago contado
-* Planes de facilidades de pago
-* Ingreso de las cuotas
-* Caducidad
-* Intereses de deudas incluidas en planes de facilidades de pago
-* Reformulación de planes de facilidades de pago vigentes
-* Multas e intereses
-* Beneficios
-* Caso Práctico... >
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27 de septiembre de 2016
,por Medrano, Marcela
¿Una empresa que despide a empleado sin justa causa, pierde el beneficio de la Ley N° 26.940?
En caso de despido sin causa, el empleador queda excluido de los beneficios de la Ley N° 26.940 por el término de un año. >
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Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras
30 de agosto de 2016
,por Grenabuena, Silvia R.
1.
INTRODUCCIÓN
Debido a la extensión del tema, en este artículo comentaremos los siguientes aspectos del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras:
-* Normativa legal
-* Vigencia
-* Sujetos y conceptos incluidos y excluidos
-* Exención y/o condonación de intereses, multas y sanciones
-* Formalización de la adhesión
-* Consolidación
-* Cancelación de la deuda. formas
En la segunda parte, que se publicara en septiembre de 2016, trataremos los siguientes temas:
-* Pago contado
-* Planes... >
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19 de agosto de 2016
Decreto Nº 946 (P.E.N.) (B.O. Nº 33.443 del 2016-08-19)
Prorrógase plazo. Ley N° 26.940.
Por medio de esta norma se prorroga desde el 1° de agosto de 2016 y por el término de DOCE (12) meses el plazo establecido en el artículo 30 de la Ley N° 26.940 -Régimen de Promoción de la
Contratación de Trabajo Registrado-. >
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11 de julio de 2016
,por Santos Romero, Analía
A partir de la declaración jurada F. 931 correspondiente al mes de junio de 2016, que está venciendo en estos días, A.F.I.P. habilitó la posibilidad de importar al servicio “Declaración en Línea” las retenciones sufridas a cuenta de las contribuciones patronales desde el servicio “Mis Retenciones”.
A tal efecto, el contribuyente deberá ingresar en el servicio de AFIP “Mis Retenciones”. Allí ingresar a la opción “Consultas”, “Seguridad Social”.
En la pantalla siguiente se deberá, además de seleccionar el CUIT del sujeto retenido, el impuesto retenido... >
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7 de julio de 2016
,por Santos Romero, Analía
¿Cómo deben cargarse las retenciones que le efectúan a un contribuyente a cuenta de la seguridad social, dado que el querer cargarlas en Declaración en Línea surge la leyenda "El certificado de retención [3053214979320160092056014] informado no fue emitido en SIRE"?
Para poder cargar las retenciones de la seguridad social sufridas en Declaración en Línea, el contribuyente debe contar con los certificados emitidos por el sistema de AFIP SIRE. A los efectos de acceder a estos certificados de retención -únicos válidos- se debe ingresar al servicio Mis Retenciones, opción... >
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26 de mayo de 2016
Resolución General Nº 3883 (A.F.I.P.) (B.O. Nº 33.386 del 2016-05-26)
Contribuciones patronales. Regímenes de retención. Modificación de importes. Resoluciones Generales Nros. 1769, 1784 y 2682, sus modificatorias y sus complementarias. Norma modificatoria.
A través de esta norma se procede a modificar las siguientes normas:
a) Resolución General N° 1769: Por medio de la cual se establece un régimen de retención de contribuciones patronales que alcanza a los pagos que realicen los sujetos que contraten o subcontraten —total o parcialmente— los... >
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11 de mayo de 2016
,por Santos Romero, Analía
¿Cuál es el procedimiento para poder obtener desde la página web de AFIP los certificados de retención del SUSS, por las retenciones que nos practicaron?
A los efectos de acceder a los certificados de retención de contribuciones de la seguridad social sufridas, se debe ingresar al servicio Mis Retenciones, opción "Certificados SIRE", seleccionado como impuesto retenido 353 - Retenciones Contribuciones Seguridad Social.
Desde allí podrá imprimir el PDF de los certificados de retención. >
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30 de marzo de 2016
,por Medrano, Marcela
1.CONTRIBUCIONES PATRONALES
1.1. Establecimientos educativos de gestión privada. Decreto Nº 814/2001. Suspensión.
Mediante el Decreto Nº 275/2016 (B.O. 01/02/16) se suspendió la aplicación del Decreto Nº 814/2001 desde 1º de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial conforme las disposiciones de las Leyes Nros. 13.047 y 24.049.
2. RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE
2.1. Resolución General Nº 3827 (A.F.I.P.)... >
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11 de marzo de 2016
,por Santos Romero, Analía
¿En qué parte de la página de AFIP se pueden consultas las retenciones del SUSS?
Si lo que quiere consultar son las retenciones que le practicaron al contribuyente, debe ingresar con CUIT y clave fiscal al servicio de AFIP Mis Retenciones, opción Certificados SIRE, impuesto retenido 353.
Allí podrá ver todas las retenciones que le practicaron en un determinado período y los certificados de retención correspondientes. >
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16 de febrero de 2016
,por Medrano, Marcela
Características principales del plan de facilidades de pago: orientado a los recursos de la seguridad social, implementado por la Resolución General Nº 3827.
Obligaciones alcanzadas:
- Obligaciones de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, vencidas a la fecha de la prestación del plan, inclusive.
-Saldos pendientes por obligaciones incluidas en otros planes de facilidades caducos.
- Los aportes personales de los trabajadores autónomos.
- Los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia.
- El impuesto... >
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22 de octubre de 2015
,por Santos Romero, Analía
Cargo en SIRE las retenciones de servicios de seguridad y cuando deseo presentar la declaración jurada, el sistema me informa que va a quedar en estado borrador hasta que no se complete la segunda quincena. ¿Cómo se debe proceder?
Desde la implementación del sistema SIRE, ya no se presentan dos declaraciones juradas por mes.
Las retenciones practicadas en la primera quincena se ingresan a la AFIP mediante un VEP como pago a cuenta y luego al finalizar el mes se genera la ddjj mensual a través de Mis Aplicaciones Web, informando todas las retenciones practicadas y... >
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5 de octubre de 2015
,por Santos Romero, Analía
¿Se puede tomar el saldo a favor de retenciones suss como libre disponibilidad?
Si se genera un excedente de las retenciones sufridas respecto de las contribuciones determinadas en el periodo que se declara, el mismo será computable en las declaraciones juradas de períodos futuros, pero sólo de los recursos de la seguridad social.
En consecuencia, dicho saldo a favor no reviste el carácter de libre disponibilidad. >
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Contribuciones Patronales. Régimen de Retención
10 de septiembre de 2015
,por Santos Romero, Analía
1.
INTRODUCCIÓN
1.1.
Empresa de servicios eventuales. Concepto
De conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1.694/2006 (B.O. del 27/11/2006), se considera {“empresa de servicios eventuales”} a la entidad que, constituida como persona jurídica, tenga por objeto exclusivo poner a disposición de terceras personas –usuarias– personal industrial, administrativo, técnico o profesional, para cumplir, en forma temporaria, servicios extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa, explotación o establecimiento, toda... >
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9 de septiembre de 2015
,por Medrano, Marcela
Si un empleador tenía al 08/2014 2 empleados y ahora pasó a tener uno solo el cual tenía beneficio de la Ley N° 26.476. ¿Puede pasar al beneficio de la Ley N° 26.940 este empleado que queda una vez cumplido el plazo de la ley?
Entiendo que es un microempleador. De ser así puede comenzar a utilizar el beneficio de la Ley N° 26.940, modifica el código por el 301 si es jornada completa o 304 si es tiempo parcial. >
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8 de septiembre de 2015
Decreto Nº 1801 (P.E.N.) (B.O. Nº 33.209 del 2015-09-08)
Ley N° 26.940. Prorrógase plazo.
Por medio de esta norma se prorroga desde el 1° de agosto de 2015 y por el término de DOCE (12) meses el plazo establecido en el artículo 30 de la Ley N° 26.940. >
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3 de septiembre de 2015
,por Santos Romero, Analía
Algunos clientes nos informan que están recibiendo los certificados de retenciones que le hacen los clientes sin firma del responsable
(se los mandan por mail).
Como ahora se ven por la WEB internet mis retenciones, ¿es necesario tener el certificado con la firma original del responsable?
Entiendo que hace referencia a las retenciones de la seguridad social.
En este caso, el único certificado válido para el cómputo de las retenciones es el F. 2004 que se genera a través del servicio de AFIP "SIRE". Por lo tanto, la norma no establece que este certificado debe estar... >
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30 de julio de 2015
,por Santos Romero, Analía
Un cliente médico facturó a Medifé y al cobrar le hicieron una retención del SUSS cuando no tiene personal en relación de dependencia. ¿Qué debe hacer para que no le retengan más y le devuelvan lo retenido?
Si de la constancia de inscripción no surge que el médico reviste la condición de empleador, no corresponde que le efectúen retenciones de la seguridad social.
Por lo tanto, debería hacer el pertinente reclamo al agente de retención y acercarle la constancia de inscripción, haciéndole mención al por qué no corresponde la retención, tal como se lo indico arriba. >
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23 de abril de 2015
,por Santos Romero, Analía y Grenabuena, Silvia R.
1.
NOVEDADES IMPOSITIVAS
1.1.
Monotributo: A.F.I.P. publicó nueva nómina de sujetos excluidos
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del artículo 1º de la Resolución General Nº 3640, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a publicar en el Boletín Oficial Nº 33.100 del 01/04/2015 el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a partir del 03/03/2015. A efectos de consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva, el... >
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